La Plataforma en Defensa del Ferrocarril Público y Social de Cuenca expresa su profunda preocupación ante una sentencia del Tribunal Supremo que recurre a formulaciones alejadas de la sobriedad propia de la prosa jurídica y que, al mismo tiempo, adopta los fundamentos del deficiente informe economicista elaborado por INECO para respaldar el cierre de la línea Aranjuez-Cuenca-Utiel.
El informe de INECO se limita a registrar la caída de la demanda entre 2007 y 2019, dato que ya formaba parte del debate público, pero evita examinar el deterioro intencionado del ferrocarril durante ese mismo periodo. La ausencia de actuaciones relevantes de conservación y mejora, la reducción del número de trenes, unos horarios escasamente adaptados a las necesidades de los usuarios, la proliferación de transbordos y el importante aumento de los tiempos de viaje erosionaron el atractivo del servicio y redujeron su capacidad competitiva. Así, el informe presenta el descenso de viajeros como una justificación del cierre, pese a que ese descenso aparece estrechamente vinculado al progresivo debilitamiento del servicio público ferroviario.

El fallo admite que el informe de INECO posee una finalidad «eminentemente de análisis económico» y atribuye la supuesta base social del cierre a otras actuaciones presentes en el expediente administrativo. De este modo, la dimensión social queda circunscrita a que unos jueces avalen una decisión política promovida por distintas instancias del PSOE y materializada en el Protocolo XCuenca. En consecuencia, la sentencia actúa como refrendo del argumentario neoliberal elaborado por INECO a instancias del PSOE de Castilla-La Mancha y la CEOE de Cuenca para justificar el cierre de la línea Madrid-Cuenca-Valencia. Un proyecto que, como resulta conocido, tuvo en la investigada Isabel Pardo de Vera a su principal impulsora y responsable política.
La sentencia convierte el informe de INECO en el eje de su relato y hace suyos sus postulados esenciales. En esa línea, la Sala Tercera del Tribunal Supremo emplea una retórica enfática al presentar los resultados de INECO como «contundentes» y sus conclusiones como una «prueba evidente». En cambio, las aportaciones técnicas de Comisiones Obreras y los informes elaborados por profesorado de la Universidad Politécnica de Valencia apenas reciben consideración en el desarrollo argumental del fallo.
Entre las expresiones enfáticas que desbordan la sobriedad propia de la prosa jurídica, destaca el amplio desarrollo que hace la Sala Tercera de la tesis según la cual el ferrocarril «destruiría valor». Esta fórmula introduce en el razonamiento judicial una categoría del lenguaje financiero empleado por INECO. El fallo asume así la ideología neoliberal que juzga el ferrocarril solo por su rentabilidad económica y relega funciones esenciales como la cohesión territorial, la garantía del derecho al transporte, el apoyo al medio rural y la lucha contra la despoblación.
La Plataforma rechaza esta desposesión de lo público y reclama un nuevo estudio social basado en la igualdad territorial para recuperar en su totalidad la línea férrea entre Madrid y Valencia, por Cuenca.

