El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha fallado a favor de dos funcionarios y delegados de USO, declarando nulo el proceso por falta de informes preceptivos y dejando sin efecto la convocatoria de empleo público derivada.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha emitido dos sentencias consecutivas en menos de dos semanas que anulan decisiones clave de la Diputación Provincial de Cuenca en materia de personal. Los fallos, que responden a recursos interpuestos por funcionarios afiliados y delegados del sindicato USO, invalidan tanto la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) aprobada en 2022 como la convocatoria posterior para la plaza de Jefe de Servicio de Cooperación y Contratación.

Nulidad de la modificación de la RPT por «vicio esencial»
La primera resolución judicial, la sentencia nº 465/2025 del 27 de noviembre, anula el acuerdo plenario del 29 de junio de 2022. En dicho pleno, la institución provincial había aprobado una modificación de su RPT que el Tribunal ha considerado ilegal por un defecto de forma grave: la ausencia del informe preceptivo de la Secretaría General.
Según detalla el fallo, este trámite es exigido por el artículo 3.3.d).6º del Real Decreto 128/2018. La Sala ha sido contundente al recordar que el informe emitido por el Director de Recursos Humanos no tiene validez para sustituir el asesoramiento legal obligatorio que corresponde a la Secretaría. Además, al tener la modificación efectos económicos, el Tribunal señala que también era indispensable un informe de Intervención, el cual tampoco fue emitido, constituyendo esta omisión un «vicio invalidante esencial».
Anulación de la convocatoria de Jefe de Servicio
Como consecuencia directa de la nulidad anterior, el TSJCLM ha emitido una segunda resolución, la sentencia nº 491/2025 del 9 de diciembre. Este fallo estima un segundo recurso de apelación y revoca la sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca.
El Tribunal ha decretado la anulación de la convocatoria del proceso selectivo para el puesto de Jefe de Servicio de Cooperación y Contratación, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 1 de julio de 2022. El argumento jurídico es claro: la Diputación no podía sustentar una convocatoria pública basándose en una modificación de la RPT que ya había sido dejada sin efecto legal, careciendo por tanto el proceso de la cobertura normativa necesaria.
Defensa de la legalidad y la transparencia
Los funcionarios recurrentes han valorado estas sentencias no como un triunfo personal, sino como la confirmación de una «verdad incuestionable»: la obligación de la Administración de cumplir estrictamente la legalidad. En su comunicado, subrayan que en cuestiones sensibles como la provisión de puestos de trabajo se deben garantizar «sin excepciones ni atajos» los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como la transparencia administrativa.
Desde la sección sindical de USO en la Diputación han reafirmado su compromiso de vigilancia para asegurar que los procedimientos de organización interna se desarrollen con «pleno respeto a la legalidad y a los derechos laborales», rechazando lo que califican como imposiciones unilaterales y prácticas opacas.
Cabe destacar que las sentencias aún no son firmes, abriéndose ahora un plazo de 30 días en el que la Diputación Provincial podría interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo o ante la propia Sala.

