lunes, 16 marzo 2026
Liberal de Castilla
  • Cuenca
    • Cuenca provincia
  • Guadalajara
    • Guadalajara provincia
  • Región
  • Actualidad
    • Breves
  • Sociedad
    • Breves
  • Cultura
    • Breves
  • Economía
    • Breves
  • Universidad
  • Tecnología
No Result
View All Result
  • Cuenca
    • Cuenca provincia
  • Guadalajara
    • Guadalajara provincia
  • Región
  • Actualidad
    • Breves
  • Sociedad
    • Breves
  • Cultura
    • Breves
  • Economía
    • Breves
  • Universidad
  • Tecnología
No Result
View All Result
Liberal de Castilla
No Result
View All Result
Inicio Región

El DOCM publica el decreto que regula la venta directa para productos agroalimentarios o transformados de agricultores y ganaderos

Por Liberal de Castilla
viernes, 13 de noviembre de 2020
en Región
Tiempo de lectura: 2 minutos
0 0
0
El DOCM publica el decreto que regula la venta directa para productos agroalimentarios o transformados de agricultores y ganaderos

Entrará en vigor en 20 días y permitirá vender productos primarios o transformados en las explotaciones con una limitación de producto y cantidad por productor al año.

Compartir en FacebookCompartir en TwitterCompartir en WhastsappCompartir por correo

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica hoy el decreto que regula la venta directa en Castilla-La Mancha, que entrará en vigor dentro de 20 días y con el que se pretende generar renta y valor añadido a las explotaciones agrarias.

El DOCM publica el decreto que regula la venta directa para productos agroalimentarios o transformados de agricultores y ganaderos
Entrará en vigor en 20 días y permitirá vender productos primarios o transformados en las explotaciones con una limitación de producto y cantidad por productor al año.

De esta manera, en el decreto se regulan dos modalidades que favorecerán este incremento: por un lado, la venta directa como tal, que se podrá realizar en la propia explotación o en establecimientos de titularidad del agente productor o de la agrupación a la que pertenezca; en el domicilio de la persona consumidora, o en ferias y mercados dentro de la comunidad autónoma y provincias limítrofes.

Por otro, la posibilidad de llevar a cabo un canal corto de comercialización, con un máximo de un intermediario, a través de un local habilitado al que le suministre directamente el agente productor o bien mediante la venta on line a través de internet.

Además, este decreto permite que se puedan vender los productos propios primarios o transformados, en establecimientos de restauración o turismo o en un comercio minorista que sean propiedad del mismo agente productor agrario, siendo considerada como venta directa o venta en canal corto de comercialización.

Esta misma semana el decreto era aprobado en el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha. El consejero de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural daba cuenta de ello e informaba de que los agricultores y ganaderos que se acojan a este decreto y lo soliciten, podrán utilizar un distintito que identificará estos productos, ‘Campo y Alma, directo a tu mesa’.

En el caso de ser productor primarios, deben tener su explotación agrícola en el Registro de Explotaciones Agrícolas (REGEPA) como venta directa y la producción será de las parcelas ubicadas en Castilla-La Mancha. En el caso de una explotación ganadera, estar inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de Castilla-La Mancha. En caso de los productos transformados, las instalaciones de la explotación estarán inscritas en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).

Gracias la puesta en marcha de este decreto, se van a poder vender directamente a los consumidores aceituna de mesa, azafrán, caracoles, cereales, frutos rojos, todos los frutos de pepita y hueso, hortalizas, huevos, miel y sus derivados, frutos secos, legumbres, patatas, setas, trufa y todas las hierbas aromáticas, en la categoría de productos sin transformar.

En cuanto a los productos transformados, podrán vender aceite, cárnicos elaborados, todos los derivados lácteos como queso, yogur, cuajada, requesón; compotas, confituras, mermeladas, membrillos y similares, así como vinos, vinagre, cerveza y licores.

Todo ello, con una limitación por cantidad y volumen al año según el tipo de producto y las características de las explotaciones agrarias que vienen recogidos en el propio decreto, que indica un kilo al año máximo en azafrán o 5.000 litros anuales de aceite.

Liberal de Castilla

Liberal de Castilla

Próxima entrada
Arranca el Encuentro Internacional de Docentes de Música en Cuenca

Arranca el Encuentro Internacional de Docentes de Música en Cuenca

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Advertisement
Advertisement
Liberal de Castilla

Copyright © 2026 El Liberal de Castilla es una web de De Dvdes SL. Todos los derechos reservados. Correo: redaccion@liberaldecastilla.com

Te pueden interesar estas páginas

  • Contacto
  • Raíces del Liberal
  • A Gritos
  • Quienes somos

Puedes seguinos en....

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In
No Result
View All Result
  • Cuenca
    • Cuenca provincia
  • Guadalajara
    • Guadalajara provincia
  • Región
  • Actualidad
    • Breves
  • Sociedad
    • Breves
  • Cultura
    • Breves
  • Economía
    • Breves
  • Universidad
  • Tecnología

Copyright © 2026 El Liberal de Castilla es una web de De Dvdes SL. Todos los derechos reservados. Correo: redaccion@liberaldecastilla.com