De este modo se señalan las líneas básicas de la resolución de ayudar para dar este paso en los contratos de formación en alternancia, los contratos de formación para la obtención de la práctica profesional y los de relevo.
La Confederación de Empresarios de Cuenca apunta las ayudas establecidas por el Gobierno Regional, con el apoyo de fondos europeos, para la transformación en contratos indefinidos de los de formación en alternancia, los de formación para la obtención de la práctica profesional y los de relevo.

Para solicitar estas ayudas el plazo termina el próximo 30 de octubre de 2025 y los contratos deben transformarse entre el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2025.
Deben presentarse a través del del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Macha, www.jccm.es en el plazo de un mes desde la formalización del contrato o en un mes desde la entrada en vigor si se ha realizado antes de la puesta en marcha de esta resolución.
El plazo para resolver y notificar telemáticamente esas ayudas no excederá de tres meses desde su presentación y si, transcurrido el tiempo, no hay notificación, se entenderá el silencio como negativo.
Transformación
La transformación de este contrato tiene que hacerse como fecha límite al día siguiente de la finalización del contrato a transformar, y en todo caso, antes de la duración máxima legal del contrato a transformar.
Es obligatorio que el contrato sea a tiempo completo y para la misma categoría profesional, teniendo que mantener el puesto de trabajo subvencionado por un mínimo de 36 meses y el número de contratos indefinidos en centros de trabajo de la región por 18 meses.
Por otro lado, se exige que la contratación por la que se solicita la ayuda suponga un incremento negó del empleo fijo de la empresa en relación a la plantilla en los 90 días anteriores a la contratación.
Por ello se exige que la empresa no haya extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios declarados improcedentes, así como reducciones o suspensiones de contratos en los seis meses anteriores.
Además, es obligatorio que se incluya en el contrato una cláusula de cofinanciación, señalada en la norma del Artículo 7 del Decreto 103/2025 modificado por el 29/2025 del 29 de abril.
Estas ayudas tienen una cuantía de 8.000 por contrato que pueden incrementarse en 700 euros si los contratados son mujeres víctimas de violencia de género, personas con discapacidad igual o superior al 33% o personas en situación de exclusión social, aunque estas ayudas o podrán aplicarse de forma acumulada.
Esta cuantía se incrementará en un 20% en municipios de más de 2.000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación, en un 30% para aquellas solicitudes de núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación y de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación, llegando a un 40% en localidades que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.
Asimismo, estas ayudas se incrementarán en un 20% cuando la actividad se realice en alguno de los municipios definidos de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias de Castilla-La Mancha.
Además, los contratos tienen que haberse celebrado entre el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025, teniendo que solicitarse las ayudas como mucho hasta un mes de la formalización de estas firmas, o en un mes desde la entrada en vigor de la norma si se ha realizado con anterioridad a la puesta en marcha de las solicitudes.
Los colectivos subvencionables son jóvenes mayores de 16 años y menores de 30, inscritos y beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mujeres víctimas de violencia de género, personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%, antes del inicio de la relación laboral y trabajadores en riesgo de exclusión social.

