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CCOO considera «inauditas» las críticas de algunas asociaciones de cazadores a las enmiendas a la Ley de Caza

Por Liberal de Castilla
viernes, 9 de marzo de 2018
en Actualidad Breves
Tiempo de lectura: 3 minutos
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CCOO considera inauditas las críticas de algunas asociaciones de cazadores a las enmiendas a la Ley de Caza
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CCOO considera inauditas las críticas de algunas asociaciones de cazadores a las enmiendas a la Ley de CazaLa coordinadora de Agentes Medioambientales de CCOO-CLM considera «inauditas» las críticas de varias organizaciones de cazadores a las enmiendas presentadas por PSOE y Podemos al borrador de Ley de Caza de CLM con el objetivo de garantizar la seguridad de la actividad cinegética y mejorar la protección de las personas, tanto de los propios cazadores y demás usuarios del medio natural como de los propios agentes medioambientales.

Las mencionadas organizaciones de cazadores cuestionan, en concreto, tres enmiendas -todas ellas introducidas a instancias de CCOO-, porque según los cazadores son “contrarias a la legislación estatal”.

La primera de ellas consiste en recoger en el preámbulo de la futura Ley de Caza de CLM el reconocimiento de la condición de policía judicial genérica de los Agentes Medioambientales; tal y como establece el artículo 6.Q) de la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes; en base al apartado 6 del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

«q) Agente forestal: Funcionario que ostenta la condición de agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tiene encomendadas, entre otras funciones, las de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y la de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6 del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, actuando de forma auxiliar de los jueces, tribunales y del Ministerio Fiscal, y de manera coordinada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, con respeto a las facultades de su legislación orgánica reguladora.»

Por lo tanto, la enmienda que critican las asociaciones de cazadores no es una novedad lo que se introduce en el preámbulo de este borrador de la Ley de Caza, si no un recordatorio de lo que ya son los Agentes Medioambientales.

Cuestionan en segundo lugar las mencionadas asociaciones la capacidad de los agentes medioambientales para decomisar a los cazadores armas utilizadas para cometer infracciones; cuestión que queda respondida en el artículo antes citado, al establecer la condición de agente de la autoridad y policía judicial de los agentes.

El decomiso de armas por parte de los agentes medioambientales ha sido siempre posible en España desde la ley estatal de caza de 1970. Lo recogen también las diversas leyes de caza de las Comunidades Autónomas (Artículo 85 de la Ley de Caza de Andalucía, Artículo 65 de la Comunidad Valenciana…), incluida la vigente Ley de Caza de CLM, elaborada en 2015 por Cospedal (artículo 70). Y es una actuación que los AAMM ejercen, pues, cuando corresponde, y que jamás ha sido cuestionada por el Ministerio del Interior.

Señalar, de contrario, que la negativa de un cazador a entregar el arma infractora a un Agente Medioambiental supone incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad.

Finalmente, las mencionadas asociaciones de cazadores cuestionan también la obligatoriedad de descargar sus armas cuando tengan a cualquier persona a menos de 50 metros. Resulta curioso que rechacen esta medida -y la prohibición de cazar en el entorno de parques eólicos-, al tiempo que dan por buenas las zonas de seguridad en torno a rebaños de cabras o de ovejas.

Añadir, a este respecto, que desde el 1 de enero de 2000 hasta el 31 de octubre de 2016, en CLM murieron 128 personas víctimas de armas de caza y otras 248 resultaron heridas. Aunque estos datos no discriminan cuántas de estas víctimas lo fueron a consecuencia de accidentes o incidentes cinegéticos, todos sabemos que éstos ocurren, y con cierta frecuencia, y que toda precaución es poca. Más aún cuando consideramos la arriesgada situación a la que se enfrenta un agente medioambiental que, en su servicio de control de la actividad cinegética, tienen que desarrollar su labor inspectora frente a usuarios que portan un arma de fuego en sus manos.

Basta recordar el asesinato de los Agentes Xavier y David en Lleida a manos de un cazador de nombre Ismael. Si Ismael hubiese tenido que descargar su arma al ver llegar a Xavier y David, quizá hubiera tenido tiempo y ocasión para tranquilizarse y para asumir su condición de cazador furtivo pillado in fraganti; y Xavier y David estarían vivos, e Ismael no se habría convertido en un doble homicida.

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