La Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales ha declarado como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte la definida por numerosos términos municipales de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.
En la resolución de la Consejería se recuerda que el artículo 12 de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha de 2015 se establece la posibilidad de declarar comarcas de emergencia cinegética temporal, cuando en una zona exista una especie cinegética en circunstancias tales que resulte especialmente peligrosa para las personas o perjudicial para la agricultura, la ganadería, los montes, o la propia caza.
En la provincia de Cuenca se ven afectados los municipios Alarcón, Alconchel De La Estrella, Almendros, Almonacid del Marquesado, Atalaya del Cañavate, Barajas De Melo, Belinchón, Belmonte, Buenache de Alarcón, Cañada Juncosa, Campillo de Altobuey, Carrascosa De Haro, Casas De Benitez, Casas De Fernando Alonso, Casas De Guijarro, Casas De Haro, Casas De Los Pinos, Casasimarro, Castillejo De Iniesta, Castillo De Garcimuñoz, El Acebrón, El Cañavate, El Herrumblar, El Hito, El Pedernoso, El Peral, El Picazo, El Provencio, Fuente De Pedro Naharro, Fuentelespino De Haro, Graja de Iniesta, Honrubia, Hontanaya, Hontecillas, Horcajo De Santiago, Huelves, Iniesta, La Alberca de Záncara, La Almarcha, Las Mesas, Las Pedroñeras, Ledaña, Leganiel, Los Hinojosos, Minglanilla, Monreal Del Llano, Montalbanejo, Montalbo, Mota Del Cuervo, Motilla Del Palancar, Olmedilla De Alarcón, Osa De La Vega, Pinarejo, Pozoamargo, Pozorrubielos De La Mancha, Pozorrubio, Puebla de Almenara, Quintanar del Rey, Rada De Haro, Saelices, San Clemente, Santa María De Los Llanos, Santa María Del Campo Rus, Sisante, Tarancón, Tébar, Torrubia Del Campo, Tresjuncos, Tribaldos, Uclés, Valhermoso De La Fuente, Vara De Rey, Villaescusa De Haro, Villagarcía Del Llano, Villalgordo Del Marquesado, Villalpardo, Villamayor De Santiago, Villanueva De La Jara, Villar De Cañas, Villar de la Encina, Villarejo de Fuentes, Villarrubio, Villarta y Zarza de Tajo.
En el caso de Guadalajara, se incluyen en la emergencia cinegética Albares, Almoguera, Alovera, Azuqueca de Henares, Cabanillas del Campo, Chiloeches, Driebes, Fontanar, Guadalajara, Illana, Marchamalo, Mazuecos, Mohernando, Mondéjar, Pozo de Almoguera, Quer, Torrejón del Rey, Tórtola De Henares, Valdeaveruelo, Villanueva De La Torre, Yebra y Yunquera de Henares.
Cómo capturarlos
En cuanto a la captura de conejos se podrá llevar mediante hurón y capillo o redes sin perro, hasta el 31 de diciembre; y mediante hurón y escopeta sin perro hasta el 31 de marzo y del 1 de junio al 15 de agosto. El número de cazadores por grupo será como máximo de cuatro.
Esta Resolución podrá quedar suspendida en su conjunto o en parte de los términos municipales de los incluidos en el apartado primero, previa resolución, en el momento en el que se constate que han desaparecido las causas que han motivado su declaración Tercero.
