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Inspección de Trabajo da la razón a CSIF sobre modificación sustancial de condiciones de trabajo en GEACAM con perjuicios económicos y opacidad salarial

Por Liberal de Castilla
lunes, 10 de noviembre de 2025
en Región
Tiempo de lectura: 2 minutos
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GEACAM contrata 109 personas correspondientes a la tasa de reposición de la plantilla
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La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Guadalajara ha dictaminado que empresa pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha (Geacam) ha llevado a cabo una modificación sustancial, injustificada y sin preaviso legal de las condiciones de trabajo de los bomberos forestales coordinadores.

CSIF celebra el informe de Inspección de Trabajo, realizado a raíz de la denuncia de los trabajadores y del proceso judicial que mantiene abierto el sindicato y que detalla cómo Geacam ha vulnerado los derechos de los trabajadores al aplicarles unilateralmente el convenio colectivo de empresa con dos años y medio de retroactividad.

Sede GEACAM SA Cuenca

Hasta el 19 de mayo de 2025, la relación laboral de los coordinadores se regía por un sistema dual de convenios: las condiciones económicas se basaban en el XIX Convenio Estatal de Ingeniería, y las funciones y otras condiciones laborales se aplicaban conforme al III Convenio Colectivo para el personal de Empresas Adjudicatarias de Servicios contra Incendios Forestales de Castilla-La Mancha.

Pese a que el Convenio de Empresa de Geacam, aprobado en 2023, preveía una adhesión libre y voluntaria a través de su Disposición Final Segunda, ninguno de los trabajadores afectados se adhirió a dicho convenio.

No obstante, el 19 de mayo de 2025, Geacam entregó una comunicación a los trabajadores informándoles que, a partir de esa fecha y con carácter retroactivo desde el 30 de diciembre de 2022, se les aplicaría forzosamente el Convenio de Empresa de Geacam.

La empresa justificó este cambio alegando la necesidad de otorgar «seguridad jurídica» a las relaciones laborales y la supuesta «aceptación tácita» de los trabajadores de ciertas condiciones del Convenio de Empresa, impactando de manera negativa a nivel retributivo en el precio de las horas extraordinarias, la disponibilidad permanente, y las guardias invernales, además de una falta de transparencia en las nóminas utilizando conceptos ambiguos como “ajuste líquido” o “anticipo” no detallados.

De hecho, la opacidad en el pago de las nóminas es una de las claves de esta acción judicial, ya que se desconoce cuánto, como y a quién paga Geacam determinados conceptos a sus trabajadores.

Por último, este informe de Inspección de Trabajo da la razón a CSIF en sus continuas denuncias contra Geacam por vulneración de derechos, así como por la precariedad existente en esta empresa pública que sufre una temporalidad que supera el 30% y con malas condiciones laborales: disponibilidad absoluta 24/7 durante la campaña de incendios a 0,37 euros/hora, además de riesgo vital (penosidad, toxicidad y peligrosidad) por 2 euros al día.

Este último plus de riesgo vital tampoco se ha abonado a este colectivo, lo que supondrá una nueva reclamación judicial: a pesar de reclamarlo de forma amistosa ha sido denegado. Asimismo, también se ha cambiado el punto de encuentro de trabajo de los trabajadores, lo que evidencia la postura de Geacam contra sus propios trabajadores.

No en vano, es destacable que en los últimos 3 años este colectivo lleva interpuestas 6 denuncias de distinta gravedad ante la empresa con el evidente coste económico y anímico para los trabajadores, así como la negativa expresa de estudiar, negociar y conciliar cualquier reclamación; por el contrario, Geacam recurre indefinidamente cualquier proceso para demorarlos y de esta manera socavar a los trabajadores tanto psicológica como económicamente.

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